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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Dic 2014 18:50 
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Pues no se Angel ,si es asi ya me callo , pero .....

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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Dic 2014 20:14 
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Mis Jeeps: Jeep-Avia CJ3B
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Creo que este enlace lo aclara todo, por lo menos eso espero.

http://www.notasracing.com/2012/02/06/c ... tro-coche/

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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 22 Dic 2014 03:52 
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ubicacion: aqui en mi jeep
Citar:
No Lacambe estaría justo en el limite del carnet B 3.499 kg aun pasándome 64 kg cargando de mas la plataforma.

"Vehiculo tractor PMA................................... 2.035 kg.
TARA remolque.............................................+ 270 kg.
TARA del jeep (sin conductor).....................+ 1.194 kg.
TOTAL PESO ................................................. 3.499 KG"
Aclaro mi post anterior Lorenzo ,te doy la razón en en el exceso de peso de esos porcentajes, Hasta 12 toneladas métricas con un exceso de peso superior al 5% leve. Norma infringida Art 55 LOTT norma sancionadora Art142.2LOTT.

-Tu te pasas 64 kilos y el 5% de los 1400 kilos de MMA de la plataforma son 70.
-En cuanto a tu permiso de clase B si la MMA del vehículo tractor y la MMA de la plataforma no las sobrepasas de 3500 kilos vas correcto.(Siempre es sancionable el hecho de que las sobrepases, para denunciarte por no tener el permiso adecuado del vehículo que conduces)

CONSEJOS:Mira también la MMR (Masa Máxima Remolcable) de tu vehículo tractor no puede sobrepasar la MMA de la plataforma.Mira la homologaciòn de tu enganche,para cuantos kilos esta con freno y sin freno.Mira no tener una distancia inferior a 3 m entre el eje de vehículo tractor y de la plataforma.
Tu MMC seguro que es de hasta 3500 mira lo por si acaso.
Vas muy justo yo no me arriesgaría, ante un accidente medianamente grave podrías tener problemas.

-REALIDAD: vas con un conjunto de vehículos que ha simple vista es pesado,no se van a creer la TARA de la documentación de tu remolque, muchos fabricantes la bajan para aumentar la carga del mismo.(consejo pesa la en vacío )

Un saludo Lorenzo.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 22 Dic 2014 08:39 
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Joo. el Lamcabe pareces una autoridad qaaq qaaq . Eso de los tres metros mts desde el eje trasero al eje de la 1º rueda del remolque yo no lo savia y sera muy difícil de cumplir.

Esa distancias es igual si tiene el permiso B+E ??

yo no paso de los 3.500 en bascula, ni con la carga real, ten en cuenta que solo van dos personas en vehículo tractor y el MMA del mismo es con todo asta con las 5 personas que están autorizados.

Lo que si me preocupa y seguro que sera lo que me hecha para atrás, son los 64 kg de exceso de carga que llevo en el remolque, aunque la sanción es mínima, ¿tu que piensas respecto al seguro, en caso de que Dios no lo quiera estuviera involucrado en algún siniestro?


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 22 Dic 2014 10:49 
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Mis Jeeps: pecj3b
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Citar:
Joo. el Lamcabe pareces una autoridad qaaq qaaq . Eso de los tres metros mts desde el eje trasero al eje de la 1º rueda del remolque yo no lo savia y sera muy difícil de cumplir.

Esa distancias es igual si tiene el permiso B+E ??

yo no paso de los 3.500 en bascula, ni con la carga real, ten en cuenta que solo van dos personas en vehículo tractor y el MMA del mismo es con todo asta con las 5 personas que están autorizados.

Lo que si me preocupa y seguro que sera lo que me hecha para atrás, son los 64 kg de exceso de carga que llevo en el remolque, aunque la sanción es mínima, ¿tu que piensas respecto al seguro, en caso de que Dios no lo quiera estuviera involucrado en algún siniestro?
Hola Lorenzo, si es igual en el B+E esa distancia. Seme paso decirte que si remolcas un remolque pesado como ese, tienes que llevar equipo de extinción de incendio.
Si no pasas de los 3500 perfecto.
Respecto al tema e responsabilidades los seguros se agarran a un clavo ardiendo, créeme.Vas justo y eso puede derivar en problemas.

Un saludo :feliz:


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 23 Dic 2014 15:45 
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cada uno sabe lo que tiene que hacer.

a diario veo cientos de camiones de 3500 kg con pesos libres, de risa, van pasados miles de kg, cada uno sabe si le conviene o no arriesgarse.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 23 Dic 2014 15:52 
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Mis Jeeps: jeep avia CJ3E
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por cierto, las sanciones leves, hasta 10tn, son entre un 6% y un 15%. un 5 % no seria sancionable, supongo que porque seria casi imposible percibirlo al cargar algo.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 23 Dic 2014 17:48 
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Citar:
por cierto, las sanciones leves, hasta 10tn, son entre un 6% y un 15%. un 5 % no seria sancionable, supongo que porque seria casi imposible percibirlo al cargar algo.
Hola los articulos que he citado antes son de la Ley de Ordenacion de Transporte terrestre y segun reza el primer tramo es un 5% de sancion de 301 euros y el siguiente de 7% de 325 euros de sancion y pone hasta 12 toneladas de vehiculo.No he visto nada de esas cantidades.Me puedes decir donde las has visto?

Un saludo.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 24 Dic 2014 14:19 
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en la web de fomento

https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CA ... ciones.htm

abajo, faltas leves, de 6% a 15%


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 01 Ene 2015 11:29 
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solo por el entorno de mi terreno


No tiene los permisos requeridos para ver los archivos adjuntos a este mensaje.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 13 Ene 2015 23:12 
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Bueno otra vez al ataque, :verguenza: estoy valorando la compra del remolque, y os cuento.

Un fabricante me dice que desde el 2009 no se puede fabricar mixtos de carga y porta-vehículos. del todo imposible

Otro fabricante me dice que, si es porta-vehículos (clasificación 4115) y es plata forma ciega, que puedo transportar lo que quiera, por ejemplo un sofá.....que al contrario no.

Otro fabricante me dice que, si es de carga (clasificación 4110) puedo cargar todo el material que quiera incluidos los coches dentro claro esta de sus limitaciones peso y dimensiones.

A mi lo que me interesa es una plataforma para los coches y para mi trabajo, por supuesto quiero ir legal y tranquilo, quizás lo que menos me preocupe es la "sanción administrativa", lo que mas me preocupa es en el caso, que Dios no lo quiera, tener un siniestro grave y no estar cubierto por infringir alguna ordenanza, directiva etc etc.

Amigos, llevo varios días intentado mirar quien tiene razón de los fabricantes consultados, ni que decir tiene que cada uno de ellos la opinión dada la aseguran con sus logísticos razonamiento, pero yo quisiera si alguien me puede ayudad apoyándose en argumentos jurídicos.

Os pido perdón por ser tan pesado, pero si alguien me puede ayudar se lo agradecía.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 13 Ene 2015 23:37 
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Citar:
Bueno otra vez al ataque, :verguenza: estoy valorando la compra del remolque, y os cuento.

Un fabricante me dice que desde el 2009 no se puede fabricar mixtos de carga y porta-vehículos. del todo imposible

Otro fabricante me dice que, si es porta-vehículos (clasificación 4115) y es plata forma ciega, que puedo transportar lo que quiera, por ejemplo un sofá.....que al contrario no.

Otro fabricante me dice que, si es de carga (clasificación 4110) puedo cargar todo el material que quiera incluidos los coches dentro claro esta de sus limitaciones peso y dimensiones.

A mi lo que me interesa es una plataforma para los coches y para mi trabajo, por supuesto quiero ir legal y tranquilo, quizás lo que menos me preocupe es la "sanción administrativa", lo que mas me preocupa es en el caso, que Dios no lo quiera, tener un siniestro grave y no estar cubierto por infringir alguna ordenanza, directiva etc etc.

Amigos, llevo varios días intentado mirar quien tiene razón de los fabricantes consultados, ni que decir tiene que cada uno de ellos la opinión dada la aseguran con sus logísticos razonamiento, pero yo quisiera si alguien me puede ayudad apoyándose en argumentos jurídicos.

Os pido perdón por ser tan pesado, pero si alguien me puede ayudar se lo agradecía.
Hola Lorenzo busca esto y leetelo.

Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de septiembre de 2007 por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 13 Ene 2015 23:45 
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Lo leeré, lo leeré, ssesdd Gracias Lacambe,


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 13 Ene 2015 23:49 
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Citar:
Citar:
Bueno otra vez al ataque, :verguenza: estoy valorando la compra del remolque, y os cuento.

Un fabricante me dice que desde el 2009 no se puede fabricar mixtos de carga y porta-vehículos. del todo imposible

Otro fabricante me dice que, si es porta-vehículos (clasificación 4115) y es plata forma ciega, que puedo transportar lo que quiera, por ejemplo un sofá.....que al contrario no.

Otro fabricante me dice que, si es de carga (clasificación 4110) puedo cargar todo el material que quiera incluidos los coches dentro claro esta de sus limitaciones peso y dimensiones.

A mi lo que me interesa es una plataforma para los coches y para mi trabajo, por supuesto quiero ir legal y tranquilo, quizás lo que menos me preocupe es la "sanción administrativa", lo que mas me preocupa es en el caso, que Dios no lo quiera, tener un siniestro grave y no estar cubierto por infringir alguna ordenanza, directiva etc etc.

Amigos, llevo varios días intentado mirar quien tiene razón de los fabricantes consultados, ni que decir tiene que cada uno de ellos la opinión dada la aseguran con sus logísticos razonamiento, pero yo quisiera si alguien me puede ayudad apoyándose en argumentos jurídicos.

Os pido perdón por ser tan pesado, pero si alguien me puede ayudar se lo agradecía.
Hola Lorenzo busca esto y leetelo.Creo que es esta la directiva.

Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de septiembre de 2007 por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 14 Ene 2015 00:08 
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ubicacion: Griñón (Madrid)
Ubicación: Griñòn (Madrid)
UFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFF Y uFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFFF.

Que son directivas de CE para el fabricante...en algún lado pondrá lo que esta prohibido, a nivel del uso por el usuario, de lo contrario estará permitido, pienso yo...

Ademas en caso de irregularidades en el cumplimiento de las Directivas CE, el expediente sancionador o correcto seria en todo caso para el fabricante, no para el comprador y usuario del remolque.

Yo lo que quiero saber es si con una plataforma de carga, puedo transportar un vehículo, o, acaso sera mejor al revés, si con un porta-vehículos puedo transportar otra mercancía o carga, también puede tener razón el 1º que en ningún caso puede ser compatible el uso la batea.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 14 Ene 2015 16:18 
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Lo mas simple si tienes el hueco es que te cojas las clasificaciones de los remolques y te acerques a ver a los señores sancionadores (usease, la guardia civil) y pregunta directamente a ellos, a mi me sacaron de dudas de lo que podía y no podía estirar en un remolque con mi carnet "B", no se comen a nadie y a quien mejor les puedes preguntar que a quien lleva la libreta de escribir dddd dddd dddd dddd dddd dddd

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Si no tira aceite no es Viasa


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 14 Ene 2015 16:46 
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Registrado: 03 Feb 2013 18:00
Mensajes: 588
Mis Jeeps: m201 y cj3b
ubicacion: errenteria
yo tengo un remolque clsificado4117 me han parado y nunca me han dicho nada y llevo el coche vigas de madera escombros pienso etc eso si es anterior a esa fecha que poneis tendrá unos 15 años haber que me dice Santiago.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 15 Ene 2015 19:38 
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Registrado: 29 Ene 2013 15:29
Mensajes: 446
Mis Jeeps: jeep avia CJ3E
ubicacion: asturias
lo mejor preguntarles a ellos, estoy de acuerdo.

el sentido común me dice que en uno de carga podras llevar lo que sea, en una platafaforma, no lo tengo tan claro.

los remolques de ganado por ejemplo, solo son para eso, a un conocido no le multaron porque estaba parado a la entrada de una finca y por tanto fuera de la carretera. estaba segando con una segadora y en el remolque estaba la garrafa del gasoil. le dijeron que ni se le ocurriera llevar la segadora en ese remolque, que solo estaba autorizado para animales...


QUE PAIS, no dejan a uno vivir


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 15 Ene 2015 20:00 
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Registrado: 28 Ene 2013 22:58
Mensajes: 2328
Mis Jeeps: CJ3B
ubicacion: Griñón (Madrid)
Ubicación: Griñòn (Madrid)
Iñaki, en lo referente a la benemérita, tienes razón, que no se comen a nadie, pero ya peino canas y quisiera enterarme con que argumentos puedo defenderme en caso de que tuviera que hacerlo, los agentes precisamente actúan bajo su criterio y al contrario, osea que ellos te dan argumentos para intentar crujiste, por ejemplo la carga transportada en el vehiculo con clasificación 4110 no es adecuada para el transporte en este tipo de remolques/plataformas.

Ni que decir tiene si entramos en el tema de los seguros, aunque en estos si que yo tengo la idea de que conste que transportare vehículos.

mario jeep, yo también pienso con tu sentido común, creo que con la plataforma de carga podría transportar vehículos.

Muchas gracias a todos por contestarme si alguno tiene alguna información EXCRITA por la autoridad que me ayude a tomar la decisión se lo agradecería.

Saludos


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 16 Ene 2015 21:09 
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Registrado: 03 Feb 2013 18:00
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Mis Jeeps: m201 y cj3b
ubicacion: errenteria
tengo una pregunta ,mi remolque que es para 2600kg tiene que llevar extintor?


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Ene 2015 00:47 
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Registrado: 23 Nov 2011 23:44
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Mis Jeeps: Jeep Willys cj2a Mayo de 1947
ubicacion: Valladolid
Ubicación: Valladolid
Citar:
tengo una pregunta ,mi remolque que es para 2600kg tiene que llevar extintor?
JoOder Iñaki 2600kg? no tiene que llevar extintor tiene que llevar un panzer delante para tirar de él ffffff ffffff ffffff .. madre mía pobre GR menos mal que se alimenta de gasoil vizcaíno je je je ..

Amos a ver, JEEEPEROOOOOOOOOOOOSSS !!!!!!!!!!!!! llevo un rato mirando este post y he llegado a una conclusión, si no os queréis complicar la vida guía campsa bocata jamón una buena mantita para las piernas y empezar a tirar millas con el jeep de buena mañana y viendo amanecer deddddd deddddd ..

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www.instagram.com/jeepclasico
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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Ene 2015 00:50 
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Registrado: 29 Ene 2013 14:19
Mensajes: 348
Mis Jeeps: Bravo S del 78 SV Furgon del 66
Ubicación: Mallorca Albacete
infinito+1 un jeep es para disfrutarlo, con todas las consecuencias dddd dddd dddd dddd dddd

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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Ene 2015 08:12 
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Registrado: 28 Ene 2013 22:58
Mensajes: 2328
Mis Jeeps: CJ3B
ubicacion: Griñón (Madrid)
Ubicación: Griñòn (Madrid)
JAJAJAJAJAJA Y, cuando vuelves de cabeza al juzgado a por el divorcio. :me parto: :me parto: :me parto:

Y, cuando vuelves de cabeza al medico a por iboprofeno. :me parto: :me parto:

Yo tengo solo 55 añitos, quiero seguir disfrutando por lo menos asta los 72 años como mi admirado Juan Pallares y, para eso tengo que cuidarme.

He estado mirando el tema de las plataformas de segunda mano, uffffffff, eso es poco menos que una mafia, la plataformas son casi furtivas, se venden mas documentaciones que vehículos. se pueden escribir un libro con tantos listos que me he encontrado, vamos que no se me ocurrirá comprar una plataforma de segunda mano.

CONSULTA: Creo que en mi caso la clasificación del vehículo me gustaría que fuera 4100, el 00 es plataforma sin especificar y el 41 que es de mas de 750 kg y menos de 3.500 kg COMO LO VEIS.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Ene 2015 08:43 
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Registrado: 29 Ene 2012 22:11
Mensajes: 515
Mis Jeeps: Willys-Viasa CJ3B Nº57
ubicacion: Barcelona
Ubicación: Barcelona.
Citar:
tengo una pregunta ,mi remolque que es para 2600kg tiene que llevar extintor?
Según el RD1423/2003 desde el 2013, ya no és obligatorio en conjunto de vehiculos, siempre que no sea un vehiculo destinado MP o SP, o superior a 3500 Kg.

Yo por seguridad siempre llevo uno, en un lugar fàcilmente acesible.

_________________
Willys-Viasa Nº57 PE-CJ3B del 1962 "Naval" en coma inducido , a un paso de la cárcel medioambiental.


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 Asunto: Re: Remolque
MensajePublicado: 21 Ene 2015 11:39 
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Registrado: 20 Ene 2012 19:39
Mensajes: 1430
Ubicación: Teruel
Citar:
Citar:
tengo una pregunta ,mi remolque que es para 2600kg tiene que llevar extintor?
JoOder Iñaki 2600kg? no tiene que llevar extintor tiene que llevar un panzer delante para tirar de él ffffff ffffff ffffff .. madre mía pobre GR menos mal que se alimenta de gasoil vizcaíno je je je ..

Amos a ver, JEEEPEROOOOOOOOOOOOSSS !!!!!!!!!!!!! llevo un rato mirando este post y he llegado a una conclusión, si no os queréis complicar la vida guía campsa bocata jamón una buena mantita para las piernas y empezar a tirar millas con el jeep de buena mañana y viendo amanecer deddddd deddddd ..
Esa es también mi filosofía Paco, y la de otros jeeperos, pero no por eso dejo de respetar
la aptitud de algunos,claro.
Por otro lado, ¿a qué velocidad se puede circular llevando remolque?, porque mi jeep pasa de cien fácil.
También he de reconocer que no sé conducir marcha atrás con remolque, pero claro , eso es otra historia.
Lo que me gusta es ese sistema que hemos visto en algún vídeo de países que está autorizado remolcar
el jeep diréctamente con un enganche muy elemental y práctico .

Y espero que todos encontréis una solución satisfactoria.

¡¡¡ Hasta la vista queridos !!!.

_________________
CJ3 Civil y civilizado


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